El RGPD ha supuesto un cambio en el sistema de protección de datos basado principalmente en una serie de principios que se materializan en el infinitamente nombrado, deber de informar. Su objetivo es también garantizar el principio de transparencia de las organizaciones responsables del tratamiento respecto a los tratamientos de datos que se realizan, pudiendo demostrar también a posteriori que se ha cumplido con esta obligación.
En líneas generales, el RGPD dispone que la información deberá incluir:
• Datos de contacto del responsable.
• Finalidad del tratamiento y base jurídica.
• Plazo de conservación.
• Derechos del interesado (acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad).
• Derecho a retirar el consentimiento (si el tratamiento se basa en este).
• Derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control.
Y, si existe:
• Destinatarios o las categorías de destinatarios de los datos.
• Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos.
• Previsión de transferencias internacionales.
• Decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles.
Los responsables del tratamiento deben informar de forma previa a la recogida de datos personales y el lenguaje debe ser claro y sencillo.
El Reglamento Europeo recomienda el uso de un modelo de información por capas. Consiste en facilitar un primer nivel de información básica acerca del tratamiento y un acceso directo a un segundo nivel, dónde se encontraría toda la información completa y detallada. Siendo la LOPDGDD del 5 de diciembre la que nos establece la información que debe aparecer en la primera capa:
• La identidad del responsable del tratamiento y de su representante, en su caso.
• La finalidad del tratamiento.
• La posibilidad de ejercer los derechos establecidos en el RGPD.
Cuando solicitamos datos personales, ya sea en soportes papel como formularios o soportes automatizados como web y redes sociales, debemos hacerlo de manera que cualquier persona pueda entender la información sobre el tratamiento de sus datos, es decir, de manera coloquial evitando la terminología jurídica y técnica. Debemos pensar que los interesados pueden ser expertos y acostumbrados así como absolutos inexpertos