La reacción de muchos blogueros ante este planteamiento puede ser de pasividad o de asombro ya que muchos se preguntan si de verdad es necesario implantar la privacidad de datos en un blog que escriben para expresar su opinión o compartir sus experiencias.
Pero la respuesta a esta pregunta es afirmativa, deben cumplir tanto con el nuevo Reglamento Europeo de Protección de datos como con la recientemente estrenada Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, aprobada el pasado 5 de diciembre de 2018.
En todo caso, no es necesario nada de eso si simplemente publicas posts, entradas o artículos. Pero si mediante los formularios de suscripción al blog, de contacto o por cualquier otro medio a través de vuestro blog recabas y manejas datos personales, debes observar las previsiones legales en materia de protección de datos.
¿Recoges datos para fines publicitarios y de difusión? ¿Recoger datos para tus sorteos? ¿Recoges datos a través de un formulario?
Se ha agotado el tiempo y todos debemos ponernos al día en materia de protección de datos personales.
Recuerda “el consentimiento es una manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el interesado acepta ya sea mediante una declaración (no una omisión) o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales”, es decir, pide el consentimiento EXPRESO a tus seguidores cuando solicitas sus datos para algún tratamiento diferente al principal por el cual te están cediendo sus datos. Debes ser capaz de demostrar que aquel ha dado su consentimiento a la operación de tratamiento.
Si quieres saber más sobre cómo poner al día tu formulario de inscripción para tu blog entra en nuestra página web masprivacidad.es y visita nuestra entrada “Ojo con los formularios en la web”